- III -
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio intentada por los ciudadanos CARLOS ALBERTO VELASCO MENDOZA y PETRONA YAJAIRA SANCHEZ ALDANA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.043.556 y V-5.525.817, respectivamente, asistidos por los ciudadanos AINAMARU PINEDA ARIAS y SERGIO JESUS YIBRIN SILVA, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 129.374 y 24.910, respectivamente, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, y, en consecuencia, se declara DISUELTO POR DIVORCIO, el vínculo conyugal contraído por dichos ciudadanos ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia San Agustín del Distrito Capital, en fecha 07 de marzo de 1986, segú.....