´PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la ciudadana María Carolina García Armas, asistida del abogado Rene Villalta, en contra de la sentencia interlocutoria del 29 de abril de 2024, proferida por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia de ello;
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia interlocutoria dictada el 29 de abril de 2024, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en los términos aquí expuestos.
TERCERO: SE CONDENA al pago de las costas a la parte demandada, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Líbrese oficio de participación Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, sobre las re.....