Se dicto sentencia definitiva mediante la cual este tribunal declara que no son aplicables al presente caso las disposiciones contenidas en el Decreto con Rango Valor y Fuerza de Ley contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas, sin perjuicio de las acciones que correspondan a cualquier tercero ajeno a la causa que se afirme con derecho a poseerlo. Así se decide.
En consecuencia, visto que la parte demandada admitió que no ha cumplido con su obligación de entregar el inmueble vendido a su compradora, se concluye que es procedente la demanda de reivindicación interpuesta.
En cuanto a lo solicitado en el segundo y tercer punto del petitorio, para que sea condenada la demandada a pagar a INVERSIONES RUFER, C.A., la cantidad de CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 56.400,00), representativos de los frutos que corresponden a dicha empresa por noventa y cuatro (94) meses de ocupación ilegal del inmueble, comprendidos desde el 2 de agosto de 2005 al 2 de junio d.....