Se dictó Senteincia Definitiva, mediante la cual se declaró: CON LUGAR la solicitud de rectificación de acta de defunción de quien en vida se llamara ANGEL ROSENDO RENGIFO HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 1.754.969. En consecuencia se debe incluir a los ciudadanos Angely José Rengifo Sierra, Ángel Alberto Rengifo Sierra y Alejandro José Rengifo Sierra, como hijos, lo que constituye un elemento esencial de las actas de defunción, se acuerdo a lo dispuesto en el numeral 7 del artículo 130 de la Ley Orgánica de Registro Civil.
Como consecuencia de lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil en concordancia con lo dispuesto en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil y en el artículo 502 del Código Civil, una vez ejecutoriada la sentencia, se insertará íntegra en los Registros, sin hacer alteración de las partidas rectificadas, poniendo al margen de la misma, la nota marginal correspondiente. Líbrense los ofi.....