Por las razones antes expuestas, este Tribunal Décimo Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes, existente entre los ciudadanos ENRIQUE LUÌS CLEMENTE LAGRANGE TURZIANI y JEANINE ROSENTAL MINIONIS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V-6.900.797 y V-10.794.260, respectivamente. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraídos por ellos, en fecha 22 de junio de 2012, por ante el Registro Civil del Municipio el Hatillo del Estado Bolivariano de Miranda, según consta de Acta de Matrimonio Nº 198, folio Nº 198, asentada en el libro de matrimonios correspondiente al año 2012.