Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la demanda por FIJACIÓN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN incoada por la ciudadana GLEYDIS DEMISET RANGEL GOMEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V.-14.680.055, ya identificada; contra el ciudadano, LUIS ENRIQUE GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V.-15.842.870. plenamente identificados en autos; a tal efecto, este Órgano Jurisdiccional dispone:
PRIMERO: Se establece como quantum de manutención mensual, a cancelar por el progenitor, ciudadano LUIS ENRIQUE GONZALEZ, la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES . (Bs. 600,00); en base al salario mínimo.....