Por fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO instaurada por ADMINISTRADORA IBEMIR, C.A contra la ciudadana ONEIDA QUINTERO ARVELO. En consecuencia, se condena a la demandada a:
PRIMERO: Entregar a la actora completamente desocupado de personas y bienes y sin plazo alguno, el inmueble constituido por un apartamento No 5, del Edificio BELLUNO; ubicado en la Calle Cecilio Acosta, Urbanización Chacao, Municipio Chacao, Estado Miranda.
SEGUNDO: Se condena a la demandada a pagar por indemnización de daños y perjuicios, la cantidad de CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS BOLIVARES FUERTES CON VEINTE VENTIMOS (Bf. 5.686,20) equivalente a los cánones de arrendamiento dejados de percibir.
TERCERO: Se condena a la demandada a indemnizar a la actora, a.....