III
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
PRIMERO: Se declara INCOMPETENTE para conocer del reclamo por diferencia de prestaciones sociales interpuesto por el ciudadano PEDRO TOMÁS LÓPEZ LEÓN, portador de la cédula de identidad Nro. V- 6.362.861, debidamente asistido por la abogada DELIA FLORES RUEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 175.525, contra el BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C.A.
SEGUNDO: DECLINA el conocimiento de la presente causa en los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, para lo cual se ordena remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, para que aquel a que corresponda su dist.....