Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE la pretendida forma de autocomposición procesal efectuada en autos. Así mismo conforme se encuentran cumplidas las formalidades previstas en el artículo 231 del Código de Procedimiento Civil según se desprende de nota de Secretaria inserta al folio 76 del presente expediente, se designa como defensor judicial de los herederos desconocidos del occiso JUAN PABLO MARTNEZ SANCHEZ al abogado CARLOS AGAR, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 89.530, Números Telefónicos: 0416-6806538 y 0424-1511610, a quien se ordena notificar mediante boleta, para que comparezca ante este Juzgado, dentro de los Tres (03) días de Despacho siguientes a que conste en autos su notificación, en horas comprendidas entre las 8.30 a.m. .....