Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Quinto de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A, formulada por los ciudadanos NESTOR JOSÉ GARCÍA ROJAS y MARINA PRIETO DE GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.612.822 y V-7.199.886, respectivamente, asistido por JOSE GREGORIO HERNANDEZ, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 103.571, en consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído en fecha 1 de Septiembre de 1984, por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Girardot, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 789, asentada en el libro de matrimonios correspondiente al año 1984, asentada en el libro de matrimonios, llevados por dicha oficina.
Expí.....