Vista la solicitud formulada por la Abogado JOVITA ZAMBRANO, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 6.520, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte actora y el pedimento en ella contenido, este Tribunal a los fines de proveer observa que la sentencia a la que hace referencia dicha diligencia fue dictada fuera de los lapsos naturales, siendo lo conducente la notificación de las partes.