Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, entre los ciudadanos CESAR ADOLFO CALCURIAN RANGEL Y YAMILETH YORNATY SALAZAR CALDERA, contraído por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Monagas en Altagracia de Orituco del Estado Guarico, en fecha 02 de julio de 1991, según Acta Nro.97, de los Libros de Matrimonio llevados ante ese despacho. En consecuencia se ordena librar Oficios a la Primera Autoridad Civil del Municipio Monagas en Altagracia de Orituco del Estado Guarico, y al Registrador Principal del Estado Guarico, anexando copia certificada de la presente sentencia, a los fines de dar cumplimiento al Artículo 774 del Código de Procedimiento Civil; por lo que a tenor de lo previsto en los artículos 111 y 112 ejusdem, expídanse por .....