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D I S P O S I T I V A
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho que se dejan expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA FALTA DE JURISDICCIÓN sobrevenida del Poder Judicial para continuar conociendo de la presente causa, por encontrarse sometida a liquidación, la sociedad mercantil Agropetrolera, C.A., según Resolución Nº 455.10, del 23/08/2010, emanada de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, ahora Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.498, del 30 de agosto de 2010.
SEGUNDO: Se da por terminado el presente procedimiento judicial, debiéndose ventilar la reclamación a que se re.....