En mérito a todas y cada una de las disposiciones señaladas y en atención a los argumentos de hechos antes elaborados, es por lo que esta Sala de Juicio Unipersonal Número XII, del Circuito Judicial de Protección del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la presente demanda de Fijación de Obligación de Manutención intentada por la ciudadana Morella Ocanto Marcano, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número V-12.782.574, actuando en nombre y representación de sus hijos , debidamente asistida por la abogado Luisa A. Macho N., inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 134.883, intentada en contra del ciudadano Hilario Ramón Gamero Boadas, venezolano, mayor de edad, de este mismo domicilio y Titular de la Cédula de Identidad Número V-3.822.456, p.....