El Tribunal adimitió la demanda que por Cobro de Bolívares (via ejecutiva) sigue Fogade contra Asfaltadora Regional del Centro 300 C. A., emplazandola para que dentro de los veinte días de despacho siguientes a la constancia en autos de su citación, de contestacion a la demanda, para lo cual se ordenó librar la compulsa, previo aporte de las copias necesarias, respecto a la medida solicitada, el Tribunal proveerá por auto separado, ordenando abrir el cuaderno de medidas, el cual se aperturara, una vez sean aportados los fotostatos requeridos.