Se dictó auto mediante el cual, este Juzgado ordenó agregar la diligencia presentada en fecha 30 de octubre de 2015, por el abogado Luís Alberto Santos Castillo, en su condición de apoderado judicial de la parte actora, a los fines de que surta los efectos legales consiguientes. Asimismo visto el contenido de la misma, en la cual requiere se decrete la ejecución forzosa, este Tribunal señaló que de la revisión efectuada a la decisión dictada en fecha 13 de Julio de 2015, por el Juzgado Décimo de Municipio Ejecutor de Medidas en Función de Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, se observó que la misma no ordenó obligación alguna por cumplir, por tal motivo no existe pronunciamiento alguno que emitir en relación a la ejecución solicitada.