Vistos los escritos de promoción de pruebas presentados, por la abogada TABATTA ISABEL BORDEN CABRERA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 75.603, en su carácter de sustituta de la ciudadana Procuradora General de la República, en representación del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES EXTERIORES, en fecha 18 de febrero de 2013 y por las abogadas LUISA GIOCONDA YASELLI PARÉS y LAURA CAPECCHI DOUBAIN, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 18.205 y 32.535, respectivamente, actuando en su carácter de apoderadas judiciales del ciudadano HÉCTOR LUIS FIGUEROA HERRERA, titular de la cédula de identidad Nº V.- 5.983.661, en fecha 20 de febrero de 2013, pasa este Juzgado Superior a pronunciarse sobre la admisibilidad de las mismas en los términos siguientes.-