III.- DISPOSITIVA.
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE EL DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE APELACIÓN por la abogada ROSA GUZMAN DE DEYON, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-4.042.140, debidamente inscrita en el Inpreabogado Nº 33.575, quien actúa en nombre propio y en representación sucesión OSVALDO ANTONIO DEYON PADRON, parte demandada, en consecuencia, se le imparte su homologación, con autoridad de Cosa Juzgada.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia de fecha 11.11.2015 por el Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutores de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
TERCERO: Se condena en costas del recur.....