DISPOSITIVA
Con fundamento en las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO DUODECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION del CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la, ley acuerda la conversión de la pena de presidio que le falta por cumplir al penado ELIAS GIOVANNY GRASADIA, identificado en la presente decisión, por la de CONFINAMIENTO; en consecuencia deberá de residenciarse en la calle Paraíso, N°12, Brisas del Lago, Parroquia Andrés Eloy Blanco, Maracay, Estado Aragua, hasta las 9:20 de la noche del día 9 de Diciembre de 2007, oportunidad en que cumplirá la totalidad de la pena impuesta y se le impone la obligación de presentarse ante el Prefecto del referido Municipio con la frecuencia que éste le indique, la cual no podrá ser más de una vez cada día, ni menos de una vez a la semana. Todo de conformidad con lo dispuesto en los ar.....