VI
DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, esta SALA DIEZ DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se Declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los ciudadanos ELBA PAREDES y ROBIN ALEJANDRO HERRADA GUEDEZ, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 3.872 y 75.415, respectivamente, en su carácter de defensores del ciudadano ALÍ JOSÉ FABRICIO PAREDES, contra la decisión dictada el 14 de febrero de 2015, por el Juzgado Trigésimo Tercero (33º) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual acordó mantener la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, conforme a lo establecido en los artículos 236 numerales 1, 2 y 3; 237 numerales 2 y 3, y 238 numeral 2.....