DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA (POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS) a los ciudadanos OSWALDO RAMON PEREZ NAVARRO, venezolano, natural de Acarigua Estado Portuguesa, fecha de nacimiento 15-04-1991, profesión u oficio desconocida, soltero, de 18 años de edad, residenciado en EL Barrio Santa Rosa de Lima Estado Cojedes, titular de la cedula de identidad Nº 21.136.735., todos con domicilio procesal en la Avenida 27 entre Calles 26 y 27, casa numero 26-16, Barrio Campo Lindo de Acarigua Estado Portuguesa, y JHONATAN JESUS MORALES HIDALGO, venezolano, natural de Acarigua Estado Portuguesa, profesión u oficio desconocida, soltero, de 30 años de edad, nacido en fecha 29-07-1979, residenciado en Barrio 15 de Marzo, Calle 02 entre Avenida 8 y 9, de .....