Cumplidos como han sido todos los trámites relativos al presente procedimiento de Rectificación de Acta de Defunción, este Tribunal Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad por lo que este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN Nº: 578 del año 2001, que reposa ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Coche, Municipio Libertador del Distrito Capital, en los siguientes términos: PRIMERO: donde dice "...JULIO RAMON GONZALEZ PEÑAFUERTE...", debe decir "...JULIO GONZALEZ PEÑAFUERTE...".