Con base a las consideraciones anteriores, este Juzgado Trigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA ACCION INTENTADA por los ciudadanos: PATRICIA MAGGINE MARTIN y JONATHAN ERNESTO MACHADO RAVELO, contra la empresa BCN TAPAS Y PINTXOS S.A. (RESTAURANT MIRO), Sociedad Mercantil inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de esta Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, domiciliada en la calle comercio con La Paz, El Hatillo (RESTAURANT MIRO), por los conceptos discriminados en el cuerpo del presente fallo. Condenándose a la empresa demandada, al pago de la cantidad de: PRIMERO: Bolívares ONCE MIL QUINIENTOS SESENTA Y UN BOLIVARES CON 52 CENTIMOS (Bs. F 11.561,52), que corresponde a las prestaciones sociales y demás conceptos especific.....