ORDENA que la presente investigación siga por las disposiciones del procedimiento ordinario, como efectivamente ya se encontraba en ese estado, cuando la Fiscalía 43º del Ministerio Público le dio inicio el día 01 de octubre de 2006, conforme se desprende del folio 8 de las actuaciones, en virtud de la denuncia interpuesta por el ciudadano DANIEL ALBERTO TORRES LADERA, en esa misma fecha, por la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, además del robo de su arma de reglamento, dinero en efectivo y un teléfono celular, habiéndose ordenado la práctica de las diligencias necesarias para el total esclarecimiento de los hechos, la comprobación de los delitos, y el aseguramiento de los objetos activos y pasivos de la perpetración, así como la identificación de los autores o partícipes.