Por último se ordena abrir juicio oral y público, en contra del ciudadano FRANCISCO DE ASIS INCIARTE MOSQUEDA, de nacionalidad venezolano, natural de Petare, estado Miranda, de 20 años de edad, estado civil Soltero, fecha de nacimiento 28-12-1987, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.753.186, profesión u oficio almacenista, hijo de ZOILA ESPERANZA MOSQUEDA (V) y de MIGUEL ANGEL INCIARTE DÍAZ (F), residenciado en Avenida Principal del Cementerio, Calle Las Palmas, Casa Nº 67, Telf. 0416-9171096, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal vigente. Así mismo se emplaza a las partes a que concurran en el plazo común de cinco días ante el Tribunal de Juicio, y se ordena al ciudadano Secretario a que remita la causa en su estado original a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos con el objeto de que sea distribuida al Tribunal de Juicio que corresponda, esto de conformidad con lo establecido con el artí.....