Se dictó resolución en la cual s edecretó 1°CON LUGAR, la inhibición planteada por la Dra. MAIRIM RUIZ RAMOS, actuando en su carácter de Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio de este mismo Circuito Judicial, mediante acta de fecha 11/02/2014, de conformidad con el artículo 31 ordinal 5° de la Ley Orgánica del Trabajo. 2°: En atención a que la presente decisión no tiene recurso alguno, conforme al artículo 45 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena remitir a la Dra. MAIRIM RUIZ RAMOS, copia certificada de la presente decisión así como la totalidad de la presente incidencia para su debida información, en los términos expuestos en Sentencia Vinculante Nº 1175, emitida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 23/11/2010, con Ponencia de la Magistrado Carmen Zuleta de Merchán, Expediente Nº 08-1497. Se ordena oficiar a la Jueza Inhibida con el objeto que remita la totalidad del asunto signado bajo el N° AP51-V-2013 a la URDD