En merito de lo anterior, éste Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1.- ADMITE el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto conjuntamente con Medida Cautelar Innominada de Suspensión de Efectos, por el Abogado LARIHELY ELJURI, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 48.826, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales de la Empresa "INVERSIONES LIVERANI C.A", Sociedad Mercantil de este domicilio, inscrita ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 03 de Julio de 2006, bajo el Nº 21, Tomo 129-A Sgdo, contra el Acto Administrativo de efectos particulares emanado de la Inspectoría Del Trabajo del Este del Área Metropolitana de Caracas, contenido en la Providencia Administrativa 00656-00, de fecha 20 de Diciembre de 2007, donde se orden.....