este Juzgado de conformidad a lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN de dicha transacción en los términos en que fue expuesto, y una vez conste en auto el último de los pagos acordados en la transacción supra, se ordenará el cierre y archivo de la presente causa, en su debida oportunidad procesal. Así se decide.
Por último, en cuanto a la solicitud de copias certificadas solicitadas por las partes del escrito transaccional de marras y del presente auto, este Juzgado acuerda expedir por esta Secretaría dichas copias, de conformidad con lo establecido en el numeral 3 del artículo 21 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo e insta a las partes a consignar los respectivos fotostatos, para su certificación. Así se decide.-
LA JUEZ
LUISA AVILA
EL SECRETARIO
HÉCTOR MUJICA
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