Declara PARCIALMENTE CON LUGAR las pretensiones interpuestas por los ciudadanos: (1) JULIO A. OMAÑA, (2) IVER J. GIL BRAZÓN, (3) PEDRO A. UZCÁTEGUI, (4) JORGEN ARIZMENDI ALBARRÁN, (5) JOSÉ J. RIVAS, (6) NOÉ S. MEJÍAS MÁRQUEZ, (7) JAVIER A. FERNÁNDEZ SÁEZ, (8) JOSÉ A. OLIVARES CHIRINOS, (9) ANTONIO J. ROA GUERRERO, (10) JEAN C. PÉREZ HERNÁNDEZ y (11) JOSÉ A. GALVIZ contra la entidad de trabajo denominada "INVERSIONES INMOBILIARIAS IAR 1997 COMPAÑÍA ANÓNIMA", ambas partes identificadas en esta decisión y se condena a ésta −la accionada− a pagar a los demandantes lo siguiente:
Desde el 22/08/2010 hasta el 21/10/2011, el recargo del diez por ciento (10%) de los "desayunos y cenas incluidos no servidos" y a partir del 21/10/2011, el recargo del cinco por ciento (5%) de los "desayunos y cenas incluidos no servidos". Todo ello a determinar mediante la experticia complementaria ordenada en este fallo que delimitará los salarios o tales recargos no percibidos por los demandantes .....