Pena Principal Impuesta: 28 Años de Presido.
Fecha de Detención: 06-09-1982 al 11-01-2000 fecha en la que según Comunicación Nº 0862 de data 03-04-2002 (folio 220 pieza 7), le fue otorgado el Confinamiento por el Juzgado de Ejecución Extensión Calabozo.
Tiempo de Detención: 17 Años, 04 Meses y 05 días
Remanente (Le falta por cumplir): 10 Años, 07 Meses y 25 Días.
Fecha en que cumplen la condena No se puede determinar, ya que el penado in comento se encuentra en libertad.
Así mismo, y toda vez que el penado se encuentra en libertad en virtud de que le fuera otorgado el Confinamiento y por cuanto a la fecha no se ha podido recabar los recaudos correspondientes, desconociéndose así el lugar en el cual dicho penado se encuentra confinado y menos aún se puede comprobar que el mismo está cumpliendo con el confinamiento que le fuera otorgado, por lo que este Tribunal en consecuencia acuerda librar Orden de Captura en contra del citado ciudadano, en consecuencia líbrese Oficio a .....