este Juzgador vistos los recaudos en comento, y no habiendo Oposición alguna por parte de las personas contra quien obrare la solicitud presentada, en caso de existir éstas y de los terceros interesados, además de no haber objeción por parte de la representación del Ministerio Público en torno a la presente solicitud, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Ara Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ordena la rectificación de la Partida de Nacimiento inserta bajo el Nº. 1893, de los libros de Registro Civil de Nacimientos correspondiente al año 1962, llevados por ante el Registro Principal, Municipio Libertador del Distrito Capital. Teniendo que de los distintos recaudos presentados, se evidencia el haberse omitido erróneamente los nombres de los padres de la solicitante al transcribirse MICHELE BELLUSI BELLOMO, siendo lo correcto, MICHELE BELLUSCI BELLOMO, y el nombre de .....