Este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la ACCION DE PROTECCION que ha incoado la ciudadana MAGALY JOSEFINA TRIVISON BRITO, titular de la cédula de identidad Nº V-6.388.187, en su carácter de Directora del Instituto Autónomo Consejo Municipal de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes del Municipio Baruta del Estado Miranda, contra la ciudadana YOLANDA ANDREINA ALVARADO BAJARES, titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.751.937, a favor de los niños, niñas, y adolescentes que integran la Unidad Educativa Privada "Instituto Escuela", a tal efecto, este Órgano Jurisdiccional dispone:
PRIMERO: Se prohíbe la presencia de la ciudadana YOLANDA ANDREINA ALVARADO BAJARES, titular de la cédula.....