DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, esta Corte Superior de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la defensa en contra de la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Control de esta misma Sección, en fecha 10 de julio de 2009, mediante la cual admite la precalificación jurídica dada a los hechos por el Ministerio Público, por estar dicha decisión expresamente excluida del catálogo de decisiones apelables, previsto en el artículo 608 eiusdem y 437 literal "c" del Código Orgánico Procesal Penal.