Cumplidos como han sido todos los trámites relativos al presente procedimiento de Rectificación de Acta de Defunción, este Tribunal Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad por lo que este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN Nº: 118 del año 1961, que reposa en el Primera Autoridad Civil de la Parroquia San José, Municipio Libertador del Distrito Capital, en los siguientes términos: PRIMERO: donde dice "...ELBA MARIA LANTEN DE RANGEL ...", debe decir "...ELBA LANTEN DE RANGEL ...", SEGUNDO: donde dice "YADIRA y ALIZAIRA" debe decir "ANA YADIRA y ALISAIDA".