DECISIÓN
Por la motivación que antecede este Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la querella incoada por el ciudadano FRANK RAFAEL CARRILLO VARGAS, titular de la cédula de identidad Nº.4.670.271, debidamente asistido por el abogado FRANCISCO ENRIQUE BOLIVAR BOLIVAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°.109.307, contra del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION., en consecuencia:
PRIMERO: Se ordena al Ministerio del Poder Popular para la Educación cancelar los intereses generados por la demora en el pago de las prestaciones sociales de conformidad con el articulo 92 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, desde el primero (01) de noviembre dos mil cuatro (2004), fecha de su efectivo egreso como jubilado hasta la fecha del pago efectuado por concepto de prestaciones sociales en fecha dos (02) .....