En consecuencia, vistas las consideraciones que anteceden, este Juzgado NIEGA la solicitud de homologación del escrito transaccional presentada por JEAN CARLOS ALDANA, identificado supra, debidamente asistido por la abogada SONIA RAMOS GONZALEZ, inscrita en el IPSA bajo el Nº 54.211, y por la abogada COLUMBA ZERPA ZAMBRANO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 103.248, en su carácter de apoderada judicial de la empresa IMPRESIONES DIGITALES IMAGO, C.A. Y así se decide.
LA JUEZ
Abg. CAROLINA CHAKIAN MAYARLLAN,
EL SECRETARIO
HERMES CARRILLO BOLAÑO