se declara IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar formulada por el abogado MIGUEL ÁNGEL CARVAJAL ROJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 37.582, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos LUÍS ALFONSO CARVAJAL LAGOS y CARMEN AURORA ROJAS DE CARVAJAL, titulares de las cédulas de identidad Nros. 156.799 y 191.496, respectivamente, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN.