Se admitio la demanda por COBRO DE BOLIVARES interpuesta por el abogado ANDRES NUÑEZ LANDAEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo el N° 123.815; actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES SUMMER 42, C.A., de este domicilio inscrita ante el Registro Mercantil VII de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y del estado Miranda, bajo el N° 24, Tomo 562-A-VII; contra la sociedad mercantil MATERIAL MÉDICO BRICEÑO ROSSI, C.A.