Se dicto sentencia defintiva mediante la cual este juzgado declara CON LUGAR la solicitud de divorcio interpuesta.
En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos WILLIAM ANTONIO BARRIOS ESCOBAR y DOMINGA VIOLETA AVENDAÑO, el 30 de marzo de 2002, ante la Junta Parroquial de la Parroquia San Vicente, Municipio Muñoz del Estado Apure, asentado bajo el Acta Nº 01, en los Libros de Registro Civil de Matrimonios llevados durante el año 2002 por ese Despacho.
A los fines previstos en los artículos 152 de la Ley Orgánica de Registro Civil y 506 del Código Civil, se ordena librar oficios al Registro Civil de la Parroquia San Vicente, Municipio Muñoz del Estado Apure y al Registro Principal Civil del Estado Apure; así como a la Oficina Regional de Registro Civil del Consejo Nacional Electoral (CNE), Estado Apure, anexo a copia certificada de la presente decisión, una vez que sea declarada definitivamente firme, ordenada su ejecución y cualquiera de los.....