Por todas las consideraciones expuestas, este Juzgado Segundo (2º) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: Competente al Juzgado 42° de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, para dar continuidad a la presente causa, para lo cual deberá fijar por auto expreso la oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar, previa notificación de ambas partes.