declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por la C.A. CENTRO MÉDICO DE CARACAS, sociedad mercantil inscrita inicialmente en el Registro Mercantil que llevó el Juzgado de Primera Instancia Mercantil del Distrito Federal, anotado bajo el número 1514, de fecha 11 de diciembre de 1941, publicada dicha inscripción en la Gaceta Municipal de Gobierno del Distrito Federal de fecha 1 de enero de 1942, número 5852, ahora inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, expediente número 847, Tomo 4, representada por los abogados DANIEL SIMÓN ZAIBERT SIWKA y JULIETA RAMOS PRINCE, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 51.024 y 137.209 respectivamente, contra la Providencia Administrativa Nro. 135-10, dictada en fecha 11 de febrero de 2010, por la ciudadana Nayade Rosario, Inspectora del Trabajo Jefe de la Inspectoría del Trabajo del Distrito Capital, Municipio Libertador, Sede Norte.