declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en la querella interpuesta por el abogado EFRAÍN ANDRES DIELINGEN MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 69.365, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano MANUEL ESTEBAN RIBEIRO FERRAS, portador de la cédula de identidad N° 9.391.911, contra el procedimiento administrativo de amonestación según escrito de fecha 09 de marzo de 2005, emanado del Jefe de División de Operaciones Especiales del Instituto Autónomo de Policía del Estado Miranda, notificada en esa misma fecha.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en Caracas a los siete (07) días del mes de marzo de dos mil ocho (2008). Años 197º de la Independencia y 149º de la Federación