Por las razones expuestas este JUZGADO OCTAVO SUPERIOR DEL TRABAJO DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se confirma el fallo en consulta dictado por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 31-10-2013. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda por DIFERENCIA DE ANTIGUEDAD interpuesta por los ciudadanos PARRA ALIRIO, DANIEL SOJO, INNA ALDANA, CRUZ AGUILERA y PALACIOS SIMON contra la FUNDACION TEATRO TERESA CARREÑO. TERCERO: SE CONDENA a la parte demandada a acreditar las diferencias que por concepto de antigüedad corresponda a cada uno de los accionantes.; CUARTO: No hay condenatoria en costas. QUINTO: Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República de la presente sentencia. Así mismo, se indica a las partes que, contra dicha decisión, podrán ejercer los recursos que crean pe.....