Se dictó auto Resolución mediante el cual se acordó suspender la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha 18 de Diciembre de 2003, sobre el bien inmueble perteneciente a la ciudadana Trina Obdulia Abreu Hernández, parte demandada y participada a la Oficina de Registro Inmobiliario del Primer Circuito del Municipio Baruta del Estado Miranda mediante oficio Nº 2555, de fecha 18 de Diciembre de 2003.