III
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la oposición a la medida de secuestro decretada por este Juzgado el 5 de marzo de 2009, interpuesta por la ciudadana Isabel Plasencia de Concepción, actuando en su carácter de apoderada del ciudadano Luís Felipe Concepción Plasencia, todos identificados en la parte inicial del fallo. Por lo tanto, se ratifica ratificar la medida cautelar de secuestro decretada el día 5 de marzo de 2009 y que tuvo como objeto un apartamento identificado con el número 33, del Edificio Kathryn, situado en la Avenida Santa Lucía de la urbanización El Bosque, en jurisdicción del Municipio Chacao, Estado Miranda y así expresamente se decide.-
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el art.....