Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 13 de febrero de 2009, por la abogado MARIELA CASTRO, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra el auto de fecha 10 de febrero de 2009, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, oída en un sólo efecto el 25 de febrero de 2009., en el juicio seguido por el ciudadano JUAN LUIS GIL ALCALA contra INVERSIONES DEVON, C. A. SEGUNDO: MODIFICA el auto apelado, sólo en lo que respecta a que la prueba promovida es las inspección judicial. TERCERO: No hay condenatoria en costas del recurso en vista de la naturaleza d.....