Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio, intentada los ciudadanos, CAROLINA DOMINGUES FERNANDEZ y DARWIN ALFREDO LOZANO GIL, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.179.059 y V-11.666.169 respectivamente, como consecuencia de ello, se declara: Disuelto el vinculo Matrimonial que los unió, contraídos por ellos, en fecha 22 de diciembre de 2006, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Junquito, Municipio Libertador del Distrito Capital, tal y como se evidencia en el acata de matrimonio Nª 70, correspondiente al año 2006, y que corre en el folio folios 03 de la presente solicitud.
Notifíquese la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Junquito, Municipio Libertador del D.....