este Tribunal Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la CONVERSIÓN en DIVORCIO de la SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos JOSE LUIS UZCATEGUI COLMENAREZ y JULI ANACIRA OROPEZA HERRERA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.927.012 y V-11.900.459, respectivamente, y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por los mismos, en fecha 12 de Diciembre de 1997, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia 23 de Enero, Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el acta Nº 87, de esa misma fecha. ASÍ SE DECLARA.