CAPITULO III
DE LA DECISIÓN.
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 16 y 895 del Código de Procedimiento Civil, y el 1.908 del Código Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitad de PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA DE HIPOTECA, que instauraron los ciudadanos ALBIN ARISTIGUIETA FRANCO y CHIQUINQUIRA RAMONA ALMERON DE ARISTIGUIETA contra la Sociedad Mercantil CRECE M.A.S INVERSIONES, C.A; en consecuencia, se declara extinguida la hipoteca de primer grado constituida a favor de la Sociedad Mercantil CRECE M.A.S INVERSIONES, C.A., sobre el inmueble constituido por un apartamento destinado a vivienda, identificado con el Nº 115, ubicado en el décimo primer piso, del edificio Residencias "Los Tulipanes" situado en la ciudad de Carac.....