Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por vía de hecho y medida cautelar interpuesta por el ciudadano EDUARDO JOSÉ SOTO RAMÍREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-9.880.714, actuando en su carácter de Presidente de la sociedad mercantil REPUESTOS ONLINE.COM, C.A.; domiciliada en la ciudad de Caracas, debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto del Distrito Capital, bajo el Nº 6, Tomo 61-A, Registro Mercantil V de fecha 24 de marzo de 2009, asistido por el abogado ORLANDO ANÍBAL ÁLVAREZ ARIAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 31.364, contra la DIRECCIÓN DE INGENIERÍA MUNICIPAL DEL MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.